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Consejo de Estado reitera que la justicia restaurativa no incluye solo la compensación, sino una medida de impacto social que busque prevenir situaciones similares (3:09 p.m.)

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16 de Febrero de 2011

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El objeto de las medidas de justicia restaurativa es fortalecer la prevención en el sistema de salud, pues la compensación no debe ser la única medida que permita el resarcimiento, y deben tener un impacto social que sirva de advertencia a las entidades prestadoras de servicios de salud para que mejoren, actualicen y hagan más eficiente la prestación de sus servicios. Así lo señaló el Consejo de Estado al confirmar la responsabilidad patrimonial del Instituto de los Seguros Sociales, sucursal Pereira, por la muerte de una persona a la que no se le prestaron oportunamente los servicios de salud que requería y ordenó que, en un medio de publicación local, ofrezca excusas a la familia (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

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