Consejo de Estado recuerda los efectos de la declaratoria de nulidad de las normas que negaban el carácter salarial de la prima especial que recibían los funcionarios de la Fiscalía (3:51 p.m.)
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04 de Enero de 2011
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El Consejo de Estado recordó que aunque la Ley 4ª de 1992 facultó al Gobierno Nacional para establecer una prima especial a favor de varios servidores, no tenía competencia para fijarla respecto de los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación. Según el consejo, el restablecimiento del carácter salarial de la prima, con fundamento en los fallos de nulidad, solo se produce para los años en que se estableció que el porcentaje del 30% hacía parte del salario, es decir, para los años 1998, 1999 y 2001. El alto tribunal precisó que el término de prescripción para reclamar la prestación empieza a contarse a partir de la primera sentencia de nulidad, proferida el 14 de septiembre del 2002 (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).
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