En septiembre vencen plazos para reportar información exógena de Bogotá 2024
Los obligados deberán suministrar la información por el año gravable 2024, de manera oportuna, integral y correcta.Openx [71](300x120)

14 de Agosto de 2025
La Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Impuestos de Bogotá, expidió la Resolución DDI-010349, que define las personas naturales, jurídicas y demás entidades que están obligadas a reportar información exógena correspondiente al año gravable 2024.
Los obligados deberán hacerlo de acuerdo a los plazos establecidos, que vencen entre el 1 y el 12 de septiembre del 2025, según último dígito del número de identificación. (Lea: Estas son las fechas para reportar información exógena en Bogotá)
El reporte deberá entregarse únicamente a través de la página www.haciendabogota.gov.co. En todos los casos la información suministrada deberá atender y adaptarse a las especificaciones técnicas y al diseño de registro contenido en la ficha técnica de la resolución.
Algunos de los obligados a reportar son:
Contribuyentes del ICA con ingresos iguales o superiores a 3.500 unidades de valor tributario (UVT).
Entidades públicas y privadas que hayan efectuado compras en Bogotá por montos iguales o superiores a 70 UVT.
Agentes de retención del ICA, emisores de tarjetas débito y crédito y administradores de fondos.
No enviar la información o hacerlo fuera del plazo o con errores puede generar consecuencias, conforme lo establece el régimen sancionatorio vigente.
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