Usuario industrial calificado para brindar soporte técnico no puede vender en forma individual partes y piezas
12 de Febrero de 2021
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Nota:
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El usuario industrial de servicios de zona franca calificado para brindar soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos no tiene permitido vender en forma individual partes y piezas. No obstante, la naturaleza del servicio que presta puede conllevar no solo el uso de la mano de obra y el servicio mismo, sino también el cambio de piezas que remplacen aquellas que impiden que el equipo funciones en forma óptima. Por lo tanto, indicó la Dian, este usuario industrial podrá disponer de partes y repuestos únicamente con el fin de garantizar la prestación del servicio para el cual está calificado, lo cual de ninguna manera implica la comercialización de piezas o repuestos como venta de bienes independientes. El usuario industrial de servicios de zona franca calificado para brindar soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, al momento de efectuar su labor y, de acuerdo con las condiciones del contrato de prestación de servicios, debe facturarlo a su cliente en el exterior o en el resto del territorio aduanero nacional, en los términos del Decreto 1625 del 2016 y la Resolución 42 del 2020.
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