Vehículos de exhibición en concesionarios deben clasificarse en inventarios (3:24 p.m.)
110454
24 de Agosto de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Teniendo en cuenta que la diferencia entre los activos de propiedad, planta y equipo y los inventarios es que en la primera figura se adquieren para ser usados en el suministro de bienes y servicios o para fines administrativos, mientras que en la segunda el objeto es la venta en el curso normal de la operación, los vehículos adquiridos para demostración por parte de un concesionario están ahí con el fin de que los clientes futuros y potenciales puedan observarlos o manejarlos y de esta manera incentivar su venta en corto plazo (menos a un año), por lo que deben clasificarse como elementos de inventario y medirse por el menor valor resultante entre el costo y el neto de negociación.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!