15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Terminada la relación contractual, contador público saliente no debe responder por trabajo (4:20 p.m.)

16 de Abril de 2018

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Nota:
61162
Los estados financieros son responsabilidad de la administración de la entidad y para que cumplan con los requisitos de certificación que prevé el artículo 37 de la Ley 222 de 1995 es necesaria la firma del representante legal y contador público, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De otra parte, el contador debe dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el contrato de prestación de servicios o laboral, según sea el caso. Sin embargo, si la relación se dio por terminada, el contador público saliente no puede responder por un trabajo que debe ser terminado por la persona que ha aceptado el cargo y la responsabilidad contractual.

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