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Simple reducción del valor nominal de las acciones no da lugar a presentar renta por cambio de titular (4:29 p.m.)

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13 de Agosto de 2018

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La simple reducción del valor nominal de las acciones no da origen al cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 326 del Estatuto Tributario, sobre requisitos para la autorización de cambio de titular de inversión extranjera, es decir, presentar declaración de renta con la liquidación y pago del impuesto que se genere por la respectiva operación, pues la misma solo se genera en el evento en que como resultado se produzca la readquisición de acciones. Así lo indicó la Dian, en reciente concepto.    

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