Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Según definición técnica, retención por ingresos provenientes de la exportación de hidrocarburos cobija productos derivados (3:33 p.m.)

82390

05 de Julio de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA
Teniendo en cuenta la definición técnica de hidrocarburos, según la cual son un compuesto orgánico constituido principalmente por la mezcla natural de carbono e hidrógeno, así como de aquellas sustancias que los acompañan o derivan de ellos, corresponde al agente retenedor practicar la retención en la fuente por los ingresos provenientes del exterior, en el caso de exportación de hidrocarburos y demás productos mineros, de acuerdo con los porcentajes fijados en el respectivo reglamento, señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El artículo 366-1 del Estatuto Tributario faculta al Gobierno para fijar porcentajes de retención no superiores al 30 % del respectivo pago o abono en cuenta, cuando se trata de ingresos constitutivos de renta o ganancia ocasional provenientes del exterior, independientemente de la clase de beneficiario de los mismos.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)