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Sanciones tributarias no hacen parte de las obligaciones beneficiadas con reducción de intereses de la Ley 1175 del 2007 (8:00 a.m.)

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17 de Abril de 2012

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La Ley 1175 del 2007 estableció un beneficio de reducción de intereses moratorios respecto de obligaciones sobre impuestos en mora correspondientes a los periodos gravables del 2005 y anteriores. El Consejo de Estado precisó que dentro de esas obligaciones no están incluidas las sanciones tributarias, por cuanto no se trata de aquellas obligaciones que corresponden al pago de impuestos, tasas y contribuciones, sino a las consecuencias jurídicas por su incumplimiento. Además, la finalidad de la norma fue consagrar condiciones especiales para el pago de impuestos, tasas y contribuciones, mas no para sanciones (C.P. William Giraldo).

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