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Resuelven si obligación de agentes retenedores de entregar información es exigible a personas naturales del régimen Simple

El impuesto unificado bajo el Simple es un modelo de tributación opcional de determinación integral que sustituye al impuesto sobre la renta.
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06 de Mayo de 2025

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Ante la inquietud de si la obligación de los agentes de retención y/o autorretención de entregar información tributaria de las rentas de capital y/o rentas no laborales es exigible a las personas naturales contribuyentes del régimen Simple la Dian respondió que no, pues en su caso deben entregar la información correspondiente a sus ingresos brutos.

De acuerdo con el artículo 901 del Estatuto Tributario, el impuesto unificado bajo el Simple es un modelo de tributación opcional de determinación integral que sustituye al impuesto sobre la renta.

Así, para la determinación del impuesto Simple los contribuyentes de este tributo no clasifican sus rentas laborales en laborales, no laborales o de capital, dado que la base para establecer el impuesto son sus ingresos brutos.

Por eso la obligación en cabeza de los agentes de retención personas naturales o asimiladas de entregar la información de rentas de capital y/o rentas no laborales consagrada en el parágrafo 3 del artículo 1º de la Resolución 162/23 no es aplicable a los contribuyentes del Simple que hayan practicado retenciones en la fuente por pagos laborales o de IVA en el caso que contempla en numeral 9 del artículo 437 del Estatuto Tributario.

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