Recuerdan noción de periodo improductivo para determinar renta presuntiva (12:00 p.m.)
19 de Junio de 2013
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Nota:
89411
El periodo improductivo es el lapso en que la empresa no está lista para operar o prestar algún servicio, porque ella se halla aún en las fases de prospectación o construcción, reiteró la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Entonces, si se pretende disminuir la base del cálculo para determinar la renta presuntiva, el contribuyente debe acreditar que la unidad de explotación económica se encuentra en esas etapas, añadió. Por otra parte, la corporación recordó que las actuaciones de los contribuyentes basadas en los conceptos vigentes de la DIAN no pueden ser objetadas por las autoridades tributarias (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
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