Recuento normativo y jurisprudencial sobre régimen de comercializadoras de energía eléctrica (11:10 a.m.)
12 de Julio de 2019
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Nota:
121602
Sobre la comercialización de energía eléctrica por parte de las empresas generadoras, la Sección Cuarta del Consejo de Estado realizó un recuento normativo y jurisprudencial, dentro del cual se destaca que este concepto incluye la venta de energía a usuarios no regulados. Además, en la Sentencia C-587 del 2014, la Corte Constitucional analizó las tres formas en las que dichas empresas comercializan, entre ellas, la referida a la venta de energía a través de contratos bilaterales con usuarios no regulados. En ese orden, tales actividades están dentro del supuesto de hecho previsto en el artículo 181 de la Ley 1607 del 2012, toda vez que es una misma actividad industrial. Consulte los demás presupuestos en el documento relacionado (C. P. Milton Chaves García).
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