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Precisan base gravable de IVA en importación de bienes con componente extranjero (2:38 p.m.)

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08 de Octubre de 2018

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El componente extranjero originario de un país con un TLC vigente con Colombia hace parte de la base gravable del impuesto sobre las ventas en la importación, cuando el bien final elaborado con dicho componente extranjero en una zona franca autorizada es importado al resto del territorio aduanero nacional. Lo anterior no aplica si la operación se ejecuta en una zona franca declarada antes del 31 de diciembre del 2012 o aquellas que a dicha fecha estaban en trámite ante la comisión intersectorial de zonas francas o ante la Dian, y a los usuarios que se hayan calificado o se califiquen a futuro en estas, en cuyo caso la base gravable del tributo en la importación será la establecida antes de la entrada en vigencia de la Ley 1607 del 2012.   

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