Precisan alcance de principio de legalidad tributaria y declaran inexequibles tratamientos favorables sobre obligaciones tributarias consolidadas (11:27 a.m.)
27 de Junio de 2018
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Nota:
108302
Al estudiar las normas de la Ley 1819 del 2016 (reforma tributaria estructural), la Corte Constitucional reiteró la jurisprudencia concerniente al principio de legalidad tributaria, los requisitos de validez de las remisiones normativas al ejercicio de la potestad reglamentaria y la prohibición constitucional de establecer amnistías tributarias injustificadas. En ese sentido, explicó que el beneficio fiscal consagrado en favor de personas que si bien habían formulado demanda contenciosa al no reconocer la legalidad de la prestación deciden conciliar con la Administración y con ello obtener descuento en intereses y sanciones es constitucional. Por último, el tribunal declaró inexequible el artículo 356, por establecer tratamientos favorables sobre obligaciones tributarias consolidadas. Los magistrados Alejandro Linares y Luis Guillermo Guerrero aclararon el voto (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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