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Por la cláusula de no discriminación pactada en el CDI entre Colombia y España, son deducibles todos los pagos efectuados por residentes colombianos (12:00 p.m.)

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25 de Octubre de 2011

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Teniendo en cuenta la cláusula de no discriminación pactada en el Convenio para evitar doble imposición (CDI) suscrito entre Colombia y España, los pagos realizados por las empresas residentes en Colombia a los residentes en España deben ser aceptados en las mismas condiciones y cumpliendo los requisitos legales para su procedencia, como si se hubieran pagado a un residente de Colombia, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto del pasado 11 de octubre. La entidad complementó la doctrina expuesta en el Oficio 103513 del 2009.

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