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Los premios pagados a los participantes en todo tipo de rifas generan el impuesto de azar y espectáculos (11:10 a.m.)

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16 de Septiembre de 2011

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El Consejo de Estado reiteró que los premios pagados a los participantes en todo tipo de rifas generan el impuesto de azar y espectáculos, pues lo que se grava no es el ingreso proveniente del pago de la boleta para participar en la rifa promocional, sino el premio entregado en esta. Así las cosas, la persona, empresario o concesionario que quiera llevar a cabo dichas rifas adquiere la obligación de declararlo, como sujeto pasivo del tributo, y de liquidarlo con base en el valor de los premios. El alto tribunal admitió que sobre los sorteos promocionales realizados a título gratuito, en los que no se venden boletas, billetes ni tiquetes al público, también se genera el impuesto (C.P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez).

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