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Los inventarios que deben ser destruidos por seguridad o salubridad pública pueden considerarse expensas necesarias (11:05 a.m.)

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22 de Noviembre de 2010

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El Consejo de Estado recordó que cuando los contribuyentes se ven obligados a destruir determinados activos movibles por razones de seguridad o salubridad pública, reducen su inventario y, por tanto, sufren una disminución de la renta a título de costo. Por ello, ese costo merece el reconocimiento fiscal de expensa necesaria en el denuncio rentístico, siempre que se demuestre que el hecho ocurrió en el respectivo año gravable, que tiene relación con la producción del ingreso, que es indispensable y proporcionado con la actividad y que esa expensa no ha sido reconocida por otros medios (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).

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