La posibilidad de conciliar con la administración tributaria depende de que en el proceso no se haya proferido sentencia definitiva (10:08 a.m.)
19 de Julio de 2012
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Nota:
82103
La viabilidad de la conciliación con la administración tributaria está condicionada al presupuesto de que la controversia no esté resuelta a través de una sentencia definitiva, pues su finalidad es justamente finalizar el proceso contencioso administrativo ante la jurisdicción. Así lo señaló la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al negar las pretensiones de una sociedad que demandó los actos administrativos en los cuales la DIAN negó la solicitud de conciliación. En este caso, el proceso terminó con fallo proferido en segunda instancia, por ende, no hay objeto a conciliar, concluyó el alto tribunal (C.P. William Giraldo).
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