IPS no deben estar adscritas o vinculadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud para ser exentas del pago del ICA (3:06 p.m.)
06 de Junio de 2012
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Nota:
81742
De acuerdo con lo previsto por las leyes 14 de 1983 y 50 de 1984, todas las entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, como es el caso de las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), están exentas del pago del impuesto de industria y comercio, recordó el Ministerio de Salud. Dicha exención no obedece al hecho de estar adscritas o vinculadas al sistema, sino de integrarlo y realizar actividades propias del servicio de salud, por lo que las demás actividades sí están gravadas, precisó la entidad.
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