Tributario
Inexequible destinación del IVA sobre telefonía móvil a deporte y cultura
05 de Marzo de 2012
La destinación que se le daba al IVA sobre la telefonía móvil para la promoción y el desarrollo del deporte y la cultura fue declarada inexequible por la Corte Constitucional.
En sentencia dada a conocer recientemente, la Corte retiró del ordenamiento las disposiciones tributarias contenidas en los artículos 10º y 11 de la Ley 1393 del 2010, ya que estaban incluidas en una ley que regulaba un tema completamente diferente: la crisis del sistema de salud.
De acuerdo con la doctrina constitucional, la incorporación de normas ajenas al contenido central de una ley desconoce el principio legislativo de la unidad de materia.
En efecto, la Corte constató que no se podían destinar unos impuestos a materias como el deporte y la recreación dentro de una ley que buscó afrontar la emergencia social en salud declarada a finales del 2009 y comienzos del 2010.
Con la declaratoria de inexequibilidad, la Ley 1379 del 2010, en la que dicha contribución se destinaba al fomento de las bibliotecas públicas, recobró su vigencia.
(Corte Constitucional, comunicado Sent. C-133, feb. 29/12, M. P. Gabriel Mendoza Martelo)
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