13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco de fabricación nacional se causa con la entrega que hace el productor de los bienes en la fábrica para fines de consumo (2:31 p.m.)

08 de Marzo de 2010

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Nota:
64221
El Consejo de Estado recordó las normas que regulan el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco, así como el hecho generador y los sujetos pasivos. En cuanto a la causación del tributo, el alto tribunal explicó que desde un pronunciamiento de diciembre del 2009 el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado de producción nacional se causa instantáneamente en el momento en que el productor entrega el producto para su distribución, venta o permuta en el país y, en general, cuando la mercancía sale de la fábrica para el consumo. De esta forma, la corporación negó la demanda de nulidad de la Compañía Colombiana de Tabaco S. A. (Coltabaco) contra una liquidación oficial de revisión en la que se argumentó que debía declarar la totalidad de los despachos de fábrica con destino al departamento de Nariño y de conformidad con las respectivas tornaguías de movilización del producto (C.P. William Giraldo Giraldo).

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