Hacen precisiones sobre legitimación de aseguradoras en sanciones por improcedencia de devoluciones (4:23 p.m.)
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11 de Octubre de 2017
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A través un análisis jurisprudencial y normativo de las sanciones por improcedencia de las devoluciones y/o compensaciones con prestación de garantía, la Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que las aseguradoras no están legitimadas para demandar directamente la liquidación oficial de revisión que sirve de fundamento para la expedición de la resolución sanción. Así mismo, precisó que cuando ocurre este tipo de eventos surge el interés o legitimación de las compañías de seguros, en calidad de garantes, para recurrir la sanción y demandarla ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, dentro del límite de cobertura de la póliza de seguros (C. P. Milton Chaves).
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