Tributario
Gobierno prepara nuevos controles para la inscripción y actualización del RUT
17 de Mayo de 2011
Con el propósito de reforzar las medidas de prevención, detección y control del lavado de activos y la financiación del terrorismo, el Gobierno alista nuevos controles para la inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario (RUT).
Desde su implementación, en el 2004, el RUT es el único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los contribuyentes, con el fin de facilitar su fiscalización a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
La inscripción es obligatoria para los declarantes del impuesto sobre la renta; las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado; los agentes retenedores; los importadores y exportadores; los profesionales en compra y venta de divisas; los agentes de carga internacional y los usuarios de zonas francas, entre otros.
Según un proyecto de norma modificatorio del Decreto 2788 del 2004 (reglamento del RUT), publicado por la DIAN hace unos días, estas personas estarán obligadas a formalizar su inscripción, personalmente o por quien ejerza la representación legal o a través de apoderado.
Si se trata de personas jurídicas y asimiladas, a la solicitud deberá anexarse el documento original mediante el cual se acredite la existencia y representación legal, con fecha de expedición no mayor a un mes; la fotocopia del documento de identidad del representante legal, con exhibición del original; la constancia de la titularidad de una cuenta corriente activa en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera, con fecha de expedición no mayor de un mes, y el original de un recibo de servicio público domiciliario cancelado, con fecha de pago no mayor de dos meses, que corresponda a la dirección informada en el formulario de inscripción del RUT o del boletín de nomenclatura catastral del predio informado como dirección.
Para personas naturales, la documentación exigida es similar, excepto lo relativo al certificado de existencia y representación legal.
Para realizar los procedimientos de inscripción, actualización o cancelación del RUT, quien realice el trámite deberá registrar su huella dactilar legible, de manera manual o mediante los sistemas que para el efecto determine la DIAN, agrega el proyecto de decreto.
Así mismo, la DIAN podrá actualizar, de oficio, cualquier información contenida en el RUT, cuando verifique que está desactualizada o presenta inconsistencias.
Otra novedad tiene que ver con la facultad de la DIAN para suscribir convenios con entidades públicas o privadas para facilitar la inscripción, actualización y cancelación en el RUT. La iniciativa propone hacer extensiva esa autorización a la suscripción de convenios para obtener información tendiente a actualizar dicho sistema.
(Minhacienda, Proyecto de norma, mayo 11/11)
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