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Facturas registradas en una vigencia distinta a la que se acredita pueden hacerse valer en este último periodo (3:56 p.m.)

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26 de Marzo de 2012

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El Consejo de Estado señaló que aunque las facturas que acreditan un pasivo se presenten luego del cierre fiscal, pueden hacerse valer en esa vigencia, si se demuestra que la prestación del servicio o la adquisición del bien se realizó en ese periodo fiscal. La consejera Carmen Teresa Ortiz salvó su voto, pues consideró que no podían hacerse valer las facturas registradas en una vigencia distinta. A su juicio, esa circunstancia impide tener certeza sobre los valores que se presentan. Además, las operaciones económicas se deben reconocer en el periodo en el que ocurren, en aplicación de los principios de realización y de asociación (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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