Explican cómo se corrigen los errores en registros contables de ejercicios anteriores (9:09 a.m.)
25 de Mayo de 2010
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Nota:
66446
Cuando la información contable presenta errores en cálculos aritméticos y el error se detecta con posterioridad al cierre contable del respectivo ejercicio, se debe evaluar la materialidad del error, esto es, que afecte significativamente las decisiones económicas de los usuarios. En ese caso, el efecto puede ser revertido afectando el estado de resultados del año en curso con las notas aclaratorias pertinentes, según lo dispone el artículo 106 del Decreto 2649 de 1993. Así lo explicó la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) al mencionar que estos errores también se pueden corregir por medio de la orden de rectificación que hacen los organismos de inspección, vigilancia y control. La Supersociedades aclaró que la rectificación de estados financieros de periodos anteriores implica anular los folios que contienen los errores, reabrir los libros del respectivo año, efectuar las correcciones, realizar un nuevo cierre, volver a emitir estados financieros, someterlos a consideración de la asamblea de accionistas o junta de socios y difundir la corrección a todas las personas naturales o jurídicas que hayan recibido la información errónea.
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