14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Exención del GMF aplica a toda operación realizada con recursos del sistema de salud (2:22 p.m.)

21 de Febrero de 2014

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Nota:
94919
La Sección Cuarta del Consejo de Estado declaró la nulidad de un aparte de la Circular 063 del 2010, expedida por la Superintendencia de Salud, según el cual el gravamen a los movimientos financieros (GMF) recaía sobre los pagos hechos con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud de las EPS y ARS relacionados con gastos administrativos. Según la providencia, la exención del GMF, contemplada en el numeral 10° del artículo 879 del Estatuto Tributario, aplica a todas las operaciones financieras realizadas con recursos de dicho sistema, incluidas las destinadas a financiar gastos administrativos. En ese sentido, el alto tribunal señaló que no es viable hacer una separación tajante entre los dineros del sistema referentes a la prestación de los servicios médicos y los dedicados al pago de los gastos administrativos. El consejero Hugo Bastidas aclaró el voto (C. P. Carmen Teresa Ortiz).

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