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Entidades territoriales que no expidan reglamentación especial deben aplicar las normas procedimentales tributarias del nivel nacional (12:17 p.m.)

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02 de Febrero de 2012

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El Consejo de Estado señaló que las entidades territoriales que no expidan un reglamento especial tienen la obligación de aplicar en sus jurisdicciones las normas procedimentales tributarias del nivel nacional. El Consejo recordó que con ello se busca unificar el régimen procedimental, lo que no excluye las reglamentaciones expedidas por las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales. En ese sentido, indicó que la facultad de reglamentación cuando se trata de sanciones se limita a la disminución de su monto y a la simplificación de los procedimientos, según la naturaleza de los impuestos y la proporcionalidad de las sanciones respecto del monto de los impuestos (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).

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