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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Tributario


El RUT no pierde vigencia: DIAN

16 de Enero de 2014

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Nota:
22035

Ante la concurrencia de usuarios a los diferentes puntos de contacto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la directora de Gestión de Ingresos, Cecilia Rico Torres, reiteró que el Registro Único Tributario (RUT) no pierde vigencia, tal como lo establece el parágrafo del artículo 6° del Decreto 2460 del 2013.

 

Este documento solo se debe actualizar en dos casos que implican modificaciones en el formulario: datos personales (identificación y ubicación) y datos comerciales (actividad económica, responsabilidades, entre otros), precisó la funcionaria.

 

Para la generación del RUT en PDF, con fecha actualizada, existe un servicio disponible la página web de la DIAN, sin necesidad de desplazarse a los puntos de contacto.

 

En cuanto a su validez, la copia del documento es válida con la marca de agua “certificado documento sin costo” y no requiere la firma del funcionario de la DIAN. “Sólo basta el registro de fecha y hora de la generación del documento que aparece en la parte inferior derecha del formulario”, explicó Rico.

 

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Comunicado, ene. 16/14)

 

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