El impuesto de delineación urbana no tiene la naturaleza de una tasa: Consejo de Estado (11:06 a.m.)
29 de Junio de 2012
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Nota:
81935
El Consejo de Estado aclaró que el hecho generador del impuesto de delineación urbana no está constituido por la expedición de una licencia de construcción, sino por el desarrollo de las actividades de construcción y refacción de inmuebles. En esa medida, lo gravado no es la prestación de un servicio público y, por tanto, no tiene la naturaleza de una tasa. El Consejo reiteró que antes de la Resolución 574 del 2007 de la Secretaría Distrital de Planeación, la base gravable del impuesto de delineación urbana se podía determinar de acuerdo con el presupuesto de obra estimado (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
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