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El beneficio de la Ley Páez se genera por una sola inversión o desembolso (10:20 a.m.)

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19 de Enero de 2012

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El Consejo de Estado aclaró que para acceder a los beneficios previstos en la Ley 218 de 1995 (Ley Páez), lo determinante no es el número de empresas a las que se dirigió la inversión, sino el mismo hecho del desembolso, apreciado desde el punto de vista del inversionista y no de quien lo recibe. Por esa razón, indicó que este beneficio se genera por la realización de una sola inversión o desembolso, en un mismo periodo fiscal, en aras de reactivar la economía en una zona afectada por un desastre natural, mas no por cada uno de los esfuerzos económicos que hace frente a diferentes empresas. El Consejo precisó el tipo de pérdidas y aclaró que la operacional se origina en una diferencia en la que los costos y gastos son superiores a los ingresos obtenidos (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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