Donación de vehículos decomisados o abandonados a favor de la DIAN no requiere documentos independientes (8:25 a.m.)
02 de Mayo de 2012
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Nota:
81169
El requisito de expedir un acta por cada vehículo de propiedad de las entidades públicas rematado o adjudicado a cualquier título traslaticio de dominio, previsto en la Resolución 4775 del 2009, para efectos de matrícula, no aplica en el caso de las donaciones, pues no existe ninguna norma que prohíba que en un mismo acto administrativo la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales done más de un vehículo decomisado o abandonado a su favor. Así lo señaló la entidad, en oficio de marzo.
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