DIAN aclara aspectos para pagar la tercera cuota del impuesto al patrimonio (11:16 a.m.)
16 de Mayo de 2012
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Nota:
80837
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que para pagar la tercera cuota del impuesto al patrimonio se debe diligenciar el recibo oficial de pago de impuestos nacionales (formulario 490) con año 2011, periodo 1 y número de cuota 3, en la Casilla 27. La entidad recordó que la declaración debió ser presentada en el año 2011 y que este año sólo se deben pagar la tercera y cuarta cuota. Por lo tanto, no se debe diligenciar la declaración de patrimonio (formulario 420).
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