Cuotas de sostenimiento de ESAL dedicadas a actividades ambientales están gravadas con IVA (2:30 p.m.)
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19 de Febrero de 2019
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Frente a una consulta relacionada con si hay lugar a que se cause el impuesto sobre las ventas por concepto del cobro de cuotas de sostenimiento y la prestación de un servicio de recolección de productos vencidos por parte de una entidad sin ánimo de lucro (ESAL) que desarrolla actividades de control y protección del medio ambiente, la Dian precisó qué, independientemente de quien preste el servicio, si no está expresamente exceptuado tendrá lugar su causación y el cumplimiento por parte del responsable del impuesto. De otra parte, señaló, si el valor cobrado como cuota de afiliación no está expresamente excluido en el artículo 1.3.1.13.5 del Decreto 1625 del 2016 estará gravado a la tarifa general.
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