Copropiedad clasificada en grupo 3 aplica marco técnico de principios contables simplificados (2:42 p.m.)
109326
03 de Octubre de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
Si una copropiedad está clasificada en el grupo 3 (microempresas) no está obligada a aplicar las normas internacionales de información financiera en sus versiones completas (grupo 1) o pymes (grupo 2), sino un marco técnico de principios de contabilidad simplificados, contenido en el anexo 3 del Decreto 2420 del 2015 y sus posteriores modificaciones. Por lo tanto, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, es impreciso referirse al marco del grupo 3 como un marco de principios basados en las NIIF, el cual solo aplica si la copropiedad fuera clasificada en los grupos 1 y 2. Al constituirse como persona jurídica, la propiedad horizontal está obligada a llevar contabilidad, recordó.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!