Contribuyentes podrán facturar por talonario si tienen inconvenientes con facturación electrónica (3:44 p.m.)
29 de Agosto de 2018
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Nota:
110391
La Dian anunció que en el evento de presentarse inconvenientes técnicos que no hayan podido ser previstos y que impidan la generación y/o entrega de la factura electrónica los contribuyentes deberán facturar en contingencia mediante talonario o papel, como lo establece el artículo 8 del Decreto 2242 del 2015. La numeración por contingencia debe solicitarse al momento de adelantar los trámites para obtener la autorización de numeración de facturación electrónica. Una vez cesen los inconvenientes, será necesario transcribir la información de facturas expedidas por talonario o papel y enviarlas a la entidad en formato electrónico.
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