Conozca los principales cambios introducidos por la Ley de Crecimiento Económico (8:49 a.m.)
30 de Diciembre de 2019
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Nota:
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El pasado 27 de diciembre, el presidente de la República, Iván Duque, sancionó la Ley de Crecimiento Económico, que adopta disposiciones para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas, la progresividad, la equidad y la eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que, sobre esas materias, fueron impulsados por la Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018), declarada inexequible recientemente por la Corte Constitucional. Aun así, la nueva norma incorpora algunas novedades, entre otras, en materia de IVA, del impuesto nacional al consumo, en la tributación de renta de personas naturales, frente a los dividendos y participaciones, en el impuesto de normalización, en el impuesto sobre la renta, en la declaración de activos en el exterior, en el GMF y en algunos aspectos procedimentales. Entre otras cosas, la nueva ley ordena la creación de una compensación, a partir del 2020 y de forma gradual, a favor de la población más vulnerable, con el objeto de generar mayor equidad en el sistema del IVA. Así mismo, quedó establecida la exención del IVA, sin derecho a devolución, de algunos bienes corporales muebles que sean enajenados en locales comerciales, físicos y al detal, durante los tres días al año que defina la Dian, como juguetes, juegos, vestuario, complementos del vestuario, útiles escolares y electrodomésticos. También incluyó algunos bienes, adicionales a los establecidos en la Ley de Financiamiento, dentro del grupo que no causarán el IVA, como bicicletas, bicicletas eléctricas, motos eléctricas, patines, monopatines, monopatines eléctricos, patinetas y patinetas eléctricas, de hasta 50 UVT.
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