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Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Tributario


Cofinanciación para construir inmuebles no paga contribución de Ley 1106

19 de Abril de 2012

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Nota:
26967

Los contratos celebrados por el Gobierno con entidades privadas para cofinanciar la construcción o la realización de trabajos sobre inmuebles no están sujetos a la contribución especial por contratos de obra pública prevista en la Ley 1106 del 2006, señaló la DIAN.

 

Lo anterior, sin perjuicio de la contribución que se causaría sobre el contrato de obra pública que se materialice con los recursos que se aportan.

 

La entidad recordó que el hecho generador de la contribución es la suscripción de contratos de obra o concesión de obra pública con entidades de derecho público y otras concesiones, de conformidad con el artículo 2º de la Ley 80 de 1993.

 

Teniendo en cuenta varios de sus pronunciamientos (conceptos 20031 del 2009, 63832 del 2008, 64842 y 33595 del 2010), la entidad indicó que la retención que eventualmente se realizaría al momento de desembolsar los recursos no es procedente, pues los sujetos activos de la contribución son las entidades públicas contratantes.

 

(DIAN, Concepto 93 (14530), mar. 5/12)

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