Clasificación arancelaria aplica a importaciones posteriores a la notificación o promulgación del acto administrativo (9:00 a.m.)
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30 de Abril de 2019
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La resolución de clasificación arancelaria proferida por la Dian aplica únicamente a las importaciones efectuadas con posterioridad a la notificación o promulgación en el Diario Oficial de dicho acto administrativo. Por lo tanto, el importador o declarante no podrá alegar ante la autoridad aduanera pago en exceso de los gravámenes arancelarios liquidados y cancelados en las declaraciones de importación presentadas con anterioridad a una resolución de clasificación arancelaria, si al momento en que fue declarado el valor del gravamen aplicó de manera directa el decreto que contenía el arancel vigente y con posterioridad es modificado.
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