Certificado de tradición y libertad no se puede asimilar con otro documento, para efectos de solicitar devolución o compensación de IVA (2:27 p.m.)
19 de Julio de 2012
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Nota:
82090
Para efectos de solicitar la devolución o compensación del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de materiales para la construcción de vivienda de interés social, no se puede aceptar un documento diferente al certificado de tradición y libertad, pues dicho requisito está expresamente regulado y no se puede asimilar a otros de manera análoga, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En vigencia de una norma que consagre expresamente determinados supuestos, es necesario su acatamiento, sin que sea legalmente válido al funcionario competente aceptar otros no consagrados en la ley o reglamento.
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