Base gravable del impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar se determina dividiendo el valor total de la apuesta por 1,16 (3:09 p.m.)
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06 de Abril de 2010
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La base gravable del impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar se determina dividiendo el valor total de la apuesta por 1,16, según lo dispuesto en el Decreto 127 del 2010, por el cual el Gobierno adoptó medidas en materia tributaria (antes se dividía por 1,05). Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto del pasado 2 de marzo, por el cual aclaró el Oficio 14875 del 20 de febrero del 2009.
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