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Tributario


Anulan decreto sobre descuento del IVA pagado en la producción de licores

La posibilidad de efectuar ese descuento fue reincorporada al ordenamiento, a través de la Ley 1378 del 2010, que fue declarada inexequible a mediados de septiembre.

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09 de Noviembre de 2011

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Foto: Thinkstock

Por disposición de la Ley 788 del 2002, a los productores oficiales de licores se les permitió descontar del componente del IVA del impuesto al consumo el IVA pagado en el proceso de producción. Sin embargo, el beneficio fue derogado por el Congreso, a través de la Ley 1111 del 2006.

 

El Consejo de Estado precisó que el Gobierno no tenía facultades para revivir esa medida. Por esa razón, declaró la nulidad del Decreto 541 del 2007, que estableció que el impuesto al consumo, para el caso de los productores oficiales, podía afectarse con el IVA correspondiente a la protección.

 

La posibilidad de efectuar ese descuento fue reincorporada al ordenamiento, a través de la Ley 1378 del 2010, pero la Corte Constitucional declaró inexequible esta norma, en la Sentencia C-685 del pasado 19 de septiembre.

 

La ley disponía que el IVA liquidado no podía ser afectado con impues­tos descontables, “salvo el correspondiente a los productores oficiales, que podrán descontar del componente del IVA de este impuesto, el IVA pagado en la producción de los bienes gravados”.

 

(C. E., Secc. Cuarta, Sent., 11001032700020070002000 (16549) y 11001032700020070002100 (16550), sep. 1º/11, C. P. Hugo Fernando Bastidas)

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