Al respaldar la reforma tributaria del 2010, Corte señaló que las dudas razonables en el proceso de conformación de una norma se resuelven a favor de la misma (8:55 a.m.)
17 de Febrero de 2012
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Nota:
79333
Si existe duda razonable sobre la legalidad y transparencia del proceso de conformación de una ley debido a demoras injustificadas o irregularidades, el principio democrático debe operar a favor de la validez de la norma en cuestión, de manera que se aplique el principio in dubio pro legislatoris y se conserve la norma resultante de ese proceso. Así lo señaló la Corte Constitucional al declarar exequible la expresión “a partir del año gravable del 2011”, contenida en el artículo 1º de la ley de reforma tributaria (Ley 1430 del 2010). La norma era cuestionada porque su publicación en el Diario Oficial se dio hasta el 4 de enero del 2011. Adicionalmente, la Sala señaló que no se presentó omisión en el debate del informe de conciliación por parte de las plenarias del Congreso, pues aunque no participaron todas las fuerzas políticas que tienen asiento en el Legislativo, se dio la oportunidad a los representantes de la sociedad para debatirlo (M. P. Humberto Sierra).
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