Tope de usura para créditos de consumo sube al 31,29 % y el de microcréditos se mantiene (5:10 p.m.)
29 de Junio de 2012
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Nota:
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Mediante la Resolución 984, la Superintendencia Financiera certificó hoy el interés bancario corriente (IBC) para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 20,86 % efectivo anual, vigente entre el 1 de julio y el 30 de septiembre del presente año. Con base en esa tasa, se calcula el límite para incurrir en el delito de usura, que equivale a una y media veces el IBC. En consecuencia, el interés máximo que se podrá cobrar por un crédito de consumo u ordinario será del 31,29 % efectivo anual, resultado que representa un aumento de 51 puntos básicos (0.51 %). En cuanto a la tasa de usura para los microcréditos, continúa vigente el límite del 50,18 % efectivo anual.
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