Sobregiros bancarios son susceptibles de ser gravados con el GMF (9:07 a.m.)
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12 de Octubre de 2012
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El hecho generador del gravamen a los movimientos financieros (GMF) incluye los movimientos contables en los que se configure el pago de obligaciones o el traslado de bienes, recursos o derechos a cualquier título; la disposición de recursos a través de contratos o convenios de recaudo; los débitos sobre saldos positivos de tarjetas de crédito y las operaciones de cancelación de los depósitos a término mediante abono. Conforme con lo anterior, el Consejo de Estado señaló que los sobregiros bancarios son considerados transacciones financieras susceptibles de ser gravadas con el GMF, al ser obligaciones asociadas a una cuenta corriente (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
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