Siniestro de incendio no exonera a las empresas de sus cargas tributarias (5:00 p.m.)
25 de Noviembre de 2011
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Nota:
77450
La Sección Cuarta del Consejo de Estado advirtió que los siniestros que afronten las empresas, como los incendios, no los exoneran de cumplir con sus deberes tributarios. Por ejemplo, en caso de pérdida de los libros contables, están obligadas a reconstruirlos, con el fin de atender los requerimientos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Igualmente, la Sección indicó que este tipo de fenómenos no desvirtúa la legalidad de los actos administrativos proferidos por la DIAN sobre liquidación de tributos ni de las sanciones impuestas por inexactitud en las declaraciones tributarias (C. P. Martha Teresa Briceño).
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