Si no se presta el servicio de transporte aéreo de pasajeros, responsable debe devolver IVA (12:02 p.m.)
26 de Septiembre de 2013
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Nota:
91387
El impuesto sobre las ventas en la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros se causa con la prestación del servicio. Por lo tanto, si el mismo no se presta, no se genera el impuesto y hay lugar a que el responsable reintegre el valor cancelado junto con el tributo a quien lo pagó. Para ello, deberán anularse los soportes correspondientes, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En este caso, el responsable deberá, además, reflejar en la contabilidad y en la declaración el ajuste del caso.
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