Reintegro de capital de un préstamo no genera implicaciones en materia de impuesto sobre la renta
20 de Abril de 2020
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Nota:
115659
Los contribuyentes con residencia fiscal en Colombia deben incluir en su declaración del impuesto sobre la renta los activos y pasivos poseídos en el ultimo día del año o periodo gravable, bien sea que estos sean adquiridos u otorgados en Colombia o en el exterior. Ahora bien, indicó la Dian, el reintegro de las sumas correspondientes al capital de un préstamo no genera implicaciones en materia de impuesto sobre la renta, por cuanto no constituye un ingreso susceptible de incrementar el patrimonio. Situación diferente se presenta en relación con los rendimientos financieros provenientes del exterior que llegase a recibir un residente fiscal en Colombia, pues estos sí constituyen ingreso gravable para el mismo.
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