Reglamentan solicitud de autorización para importar maquinaria pesada para minería (12:47 p.m.)
11 de Enero de 2013
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Nota:
85692
Con motivo de la expedición del Decreto 2261 del 2012, que establece medidas para controlar la importación de maquinaria pesada para minería, la DIAN señaló que la solicitud de autorización de importación de dichos productos debe presentarse ante la Subdirección de Gestión de Riesgo Aduanero, y precisó qué documentos deben ser adjuntados. Así mismo, indicó que la importación de esta maquinaria únicamente podrá realizarse por los puertos, aeropuertos y lugares de arribo de servicio público y privado ubicados en las direcciones seccionales de Barranquilla, Bogotá, Buenaventura, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ipiales, Medellín, San Andrés, Santa Marta y Riohacha. Y agregó que cuando estos productos arriben bajo los modos de transporte aéreo o terrestre deberán presentar la declaración con una antelación no superior a 15 días calendario, ni inferior a un día calendario a su llegada al país, según lo dispone la Resolución 7408 del 2010. Por último, precisó que estas disposiciones entrarán a regir en 30 días hábiles.
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