¿Qué recurso procede contra la resolución que rechaza las excepciones del ejecutado en materia tributaria? (8:56 a.m.)
06 de Diciembre de 2018
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Nota:
109845
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que contra la resolución que rechaza las excepciones propuestas por el ejecutado procede únicamente el recurso de reposición ante el jefe de la división de cobranzas dentro del mes siguiente a su notificación, quien tendrá un mes para resolver contado a partir de su interposición en debida forma. Sin embargo, a pesar del término establecido por el legislador, la Sala advirtió que el procedimiento administrativo de cobro coactivo en el Estatuto Tributario no señala expresamente una consecuencia jurídica que derive de su incumplimiento. Es decir, esta situación excluye que el plazo establecido en la ley sea de carácter preclusivo o que acarree la nulidad de los actos, como sí ocurre con los de liquidación de impuestos y con los que resuelven los recursos contra ellos (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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