Publicación de periódicos y revistas es actividad de servicios (8:45 a.m.)
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16 de Octubre de 2012
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El Consejo de Estado reiteró su jurisprudencia sobre la calificación de la actividad de edición y publicación de periódicos como un servicio. Con este criterio, fijado desde la sentencia 17271 del 2010, confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró la nulidad de una liquidación oficial de revisión del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros proferida por la Secretaría de Hacienda de Bogotá a cargo de la casa editorial El Tiempo. En la sentencia, el alto tribunal señaló que no es acertado sostener que la edición de periódicos es actividad industrial, pues, aunque inicialmente la actividad de edición y publicación de libros y periódicos fue concebida como tal (Acuerdo 21 de 1983), desde el Acuerdo 2 de 1985 la publicación de periódicos y revistas pasó a ser actividad de servicios (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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